AREA 27(2) - Estefanía Slavin

Accesibilidad al patrimonio arquitectónico urbano. Acciones y estrategias para propiciar espacios culturales más inclusivos en la ciudad de Mar del Plata, Argentina


 
ESTEFANÍA SLAVIN

Arquitecta y Doctora en Arquitectura por la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño (FAUD) de la Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMdP), especializada en Accesibilidad al Patrimonio Arquitectónico y Derechos Humanos. Becaria Posdoctoral del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) con lugar de trabajo en el Centro de Investigación y Docencia en Derechos Humanos “Alicia Moreau” (centro asociado CIC, Facultad de Derecho, UNMdP). Auxiliar de primera en Introducción a la Historia de la Arquitectura/ Pensamiento Contemporáneo I en la FAUD-UNMdP. Integrante del equipo técnico del Plan Municipal de Accesibilidad del Partido de General Pueyrredón. Ha participado en diversos congresos y realizado publicaciones compartiendo los avances de investigación en la temática.

Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Universidad Nacional de Mar del Plata
Facultad de Derecho
Instituto de Investigación Dr. Carlos Santiago Nino
Centro de Investigación y Docencia en Derechos Humanos “Alicia Moreau”

Resumen

Tanto la accesibilidad física, sensorial, intelectual y comunicacional, como el patrimonio cultural, son derechos humanos reconocidos a escala internacional. Sin embargo, garantizar la accesibilidad en edificios protegidos resulta complejo; ya sea por la naturaleza propia de los bienes, por contradicciones o vacíos en los marcos normativos, por falta de un enfoque de derechos, transversal en la formación profesional, o por cuestiones económicas y/o políticas particulares. Encausar acciones que permitan la participación plena y en igualdad de condiciones de todas las personas, en la vida urbana, significa lograr espacios (y sociedades) más amigables e inclusivos. Este artículo propone reflexionar sobre esta temática y compartir una experiencia de política pública, en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, Argentina, con acciones orientadas en este sentido.

Palabras clave
Accesibilidad, Patrimonio arquitectónico, Derechos humanos,
Política pública, Participación

Recibido
31 de marzo de 2021
Aceptado
10 de octubre de 2021

 

Introducción [1]

El patrimonio arquitectónico urbano (PAU), como parte del patrimonio cultural, es el testimonio de la vida de un pueblo y una herramienta para conocer la historia, los cambios, la evolución de una sociedad y así, defenderla. Además, conforma un conjunto de elementos complejos que pueden cumplir múltiples funciones en el que “coexisten la materia y su organización, los significados culturales y los valores estéticos, la memoria social, el papel urbano actual, las funciones pasadas y presentes” (Waisman, 1994, p. 30). Como dice Aldo Rossi (2015) “la arquitectura es congénita a la formación de la civilización, y un hecho permanente, universal y necesario” (p. 9).

En esta línea, es preciso tener presente que la ciudad y la arquitectura que da forma a sus espacios físicos, reflejan cómo las sociedades se piensan a sí mismas como totalidad y como conjunto de individualidades. El diseño del entorno condiciona la forma en que las personas se desenvuelven y se vinculan entre sí, prefigura qué actividades se realizarán, dónde, cómo y quiénes podrán participar. Esto sucede tanto de forma consciente como inconsciente y, en ese marco, la ciudad puede convertirse en un factor de inclusión o de segregación (Coriat, 2008).

Como sostiene Henri Lefebvre (2013), cada sociedad históricamente genera y posee su propio espacio. Es por ello, que este siempre es un terreno político, resultado de la lucha de clases, en el que se reproducen y perpetúan (hasta que perecen) las relaciones sociales de producción. En otras palabras, existe una lógica, materializada en el entorno construido, que establece las partes de la sociedad y de hacer visible o invisible a quienes la conforman, definiendo su orden y convivencia. Cuando algunos grupos son omitidos como partícipes activos de la vida urbana, cuando se detectan barreras, ya sean sociales, físicas, comunicacionales o sensoriales, para su desenvolvimiento autónomo y libre, se está vulnerando su derecho a la igualdad, establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948(Naciones Unidas, s.f.) y, puntualmente, su derecho a la ciudad, lo que implica la consecución del buen vivir común.

En el caso del PAU y sus entornos, es recurrente la aparición de barreras o, en otras palabras, la falta de accesibilidad universal (tanto en su dimensión física [2], sensorial [3] como intelectual y comunicacional [4]). Esto significa que no se cumplen las condiciones necesarias para que sean comprendidos y utilizados por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma posible. En algunas ocasiones esto se debe a las condiciones particulares de cada bien, en otras a marcos normativos y formativos que no incorporan el enfoque de derechos de manera transversal, a veces por escasez de recursos económicos y/o humanos o por la falta de inversión estatal en políticas públicas [5] concretas y efectivas.

La principal consecuencia de la falta de accesibilidad en los edificios protegidos y sus entornos, es que limita a los grupos más vulnerables [6] a la hora de vincularse con esos espacios y con el resto de la sociedad, lo que en el actual contexto de pandemia se ha agudizado por la necesidad de mayores condiciones de higiene y de distancia interpersonal.

El objetivo de este trabajo es reflexionar sobre la importancia de trabajar para mejorar las condiciones de accesibilidad al PAU, desde el enfoque de derechos. Además, se comparten diversas acciones en esa línea que surgen del trabajo interdisciplinario y multisectorial de la Subcomisión de Espacios Culturales del Plan Municipal de Accesibilidad (PLAMAC – Municipio de Gral. Pueyrredón, Ordenanza Municipal N° 19183/09) de la ciudad de Mar del Plata, un convenio de colaboración recíproca entre la Comisión Nacional de Discapacidad (hoy Agencia Nacional de Discapacidad) y la Municipalidad de General Pueyrredón.

Sobre el derecho al patrimonio arquitectónico y su accesibilidad en contextos urbanos

La ciudad puede ser definida como un espacio colectivo culturalmente rico y diversificado que pertenece a sus habitantes, en el que todas las personas tienen el derecho de encontrar las condiciones necesarias para su realización política, económica, cultural, social y ecológica, asumiendo el deber de la solidaridad (Cuadernos Geográficos, 2013). Como componente del espacio público, el patrimonio es partícipe de la materialización de las relaciones interpersonales y conforma junto a las plazas, los parques y las calles, un espacio físico, simbólico y político que es fundamental para el urbanismo, la cultura urbana y la ciudadanía (Borja y Muxi, 2003). Enriquece el capital social conformando un sentido de pertenencia, individual y colectivo, que ayuda a mantener la cohesión ciudadana y territorial, promoviendo el respeto de la diversidad cultural y mejorando la calidad de vida de las personas que pueden participar de forma activa en la comunidad (UNESCO, 2014).

Además de su valor simbólico-cultural e identitario, los edificios protegidos albergan funciones culturales, administrativas, educativas, religiosas, políticas o de salud, por mencionar algunos ejemplos. De esta forma, la población usuaria incluye tanto a visitantes temporales como a aquellas personas que trabajan para el funcionamiento de los edificios. Cuando parte de la ciudadanía ve condicionado el acceso, uso y disfrute de ciertos espacios, ya sea por barreras físicas, sociales o económicas, encuentra limitada su posibilidad de participación en la vida en comunidad y sus alternativas de formación, trabajo y esparcimiento no son las mismas de aquellas personas a quienes el entorno construido no expulsa o discapacita. Tal situación se da cuando los espacios se encuentran diseñados en función de un ser humano tipo que no representa la mayoría, sino que resulta del cálculo de la media de muchas personas no estándar (de altura media, edad media o tomando el masculino como referencia, por ejemplo). De esta manera, en el marco del Modelo Social [7], es que se define la discapacidad como una situación relacional que se compone por los factores sociales que restringen, limitan o impiden a las personas con diversidad funcional, vivir una vida en sociedad.

Si comprendemos la conservación como:

El conjunto de procesos necesarios para que una sociedad determinada en un momento histórico particular garantice la continuidad en el tiempo de su producción cultural, para que la cultura pueda ser utilizada y recreada por cualquier grupo social sin distinciones de sector social, religión o nacionalidad (Schávelzon, 1990, p. 220).

El derecho, como disciplina, cumple el rol de hacer posible la existencia y el desarrollo de todos los fenómenos culturales, a la vez de regular y canalizar los aspectos que puedan afectar de modo conflictivo a las relaciones jurídicas. Esta tarea significa reconocer que la necesidad de acceso, disfrute y aprovechamiento de los bienes de la cultura es identificada como derecho al conjunto de la Humanidad (López Bravo, 1997).

En Argentina, la Constitución Nacional, en su reforma de 1994, refleja esta concepción al plantear el Derecho al Ambiente (Art. 41) como derecho humano fundamental que incluye el derecho al patrimonio cultural, y vincularlo al concepto de desarrollo sostenible. Este último entendido no como un destino, sino como un proceso dinámico de adaptación, aprendizaje y acción, que supone reconocer y comprender las interrelaciones entre la economía, la sociedad y el medio natural, y actuar al respecto (Naciones Unidas, 2012). En esta línea es imposible preservar el ambiente sin conservar el patrimonio cultural; son indisociables el uno del otro, y si nos referimos al PAU, ese ambiente es la ciudad.

Tanto la preservación del patrimonio cultural como la accesibilidad, forman parte del Derecho a la Ciudad, entendido como:

Un derecho colectivo de los habitantes de las ciudades, en especial de los grupos empobrecidos vulnerables y desfavorecidos, que les confiere la legitimidad de acción y de organización, basado en sus usos y costumbres, con el objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a un patrón de vida adecuado (CELS, 2015, p. 606).

La Carta Mundial sobre el Derecho a la ciudad (2004) plantea, en su Artírculo 1, la interdependencia del Derecho a la Ciudad de todos los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos. 

En lo que refiere al patrimonio cultural, la carta plantea la necesidad de que las ciudades desarrollen “una planificación, regulación y gestión urbano-ambiental que garantice el equilibrio entre el desarrollo urbano y la protección del patrimonio natural, histórico, arquitectónico, cultural y artístico” (Art. 5). Además, establece el menester de respetar la diversidad cultural y la preservación de la memoria e identidad cultural de toda la ciudadanía, sin discriminación (Art. 11), y reconoce el patrimonio como parte integrante del ambiente y su conservación desde una perspectiva de desarrollo sostenible (Art. 16).

En cuanto a la accesibilidad y los derechos de grupos y personas en situación vulnerable,  incluye en esos términos a quienes se encuentren en situación de pobreza, en riesgo ambiental (amenazados por desastres naturales), víctimas de violencia, con discapacidad, migrantes forzados, refugiados y todo grupo que, según la realidad de cada ciudad, esté en situación de desventaja respecto al resto de los habitantes; y establece como objetivos prioritarios de atención, dentro de esos grupos a las personas mayores, las mujeres y las infancias (Art. 2). Así planteado, se detecta una mirada desde el paradigma de interseccionalidad, como herramienta para “explicar un fenómeno social en el que todas las personas tenemos –socialmente hablando– una confluencia de distintos factores de opresión” (Serra, 2017, p. 84).  Por otro lado, la carta hace referencia a la necesaria eliminación de barreras arquitectónicas, la implantación de los equipamientos adecuados en el sistema de movilidad y circulación y la adaptación de todas las edificaciones públicas o de uso público y los locales de trabajo y esparcimiento existentes para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad (Art. 13) y de todas aquellas con movilidad y/o comunicación reducida.

En cuanto a medidas para la implementación y supervisión del derecho a la ciudad, la Carta Mundial plantea que es preciso adoptar medidas normativas, proporcionar capacitación y educación en derechos humanos a todos los y las agentes públicos, y promover la enseñanza y socialización del Derecho a la Ciudad en los centros educativos, universidades y medios de comunicación.

Para avanzar en esta línea es muy importante la existencia de políticas públicas globales en los términos que plantea la Organización de las Naciones Unidas (Garretón, 2004), esto es orgánicamente (dado que alcanzan al Estado y no solo al gobierno), temporalmente (porque exceden el período de un solo gobierno), y políticamente (porque demandan la participación de la sociedad civil en su conjunto).

Sobre la situación en Mar del Plata

La ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, fue fundada en 1874 y, a pesar de las reiteradas renovaciones edilicias con la excusa de la modernización y ligadas a la especulación inmobiliaria –para 1970 se había demolido el 70% del casco histórico (París Benito, 2011)–, aún conserva en pie 216 bienes edilicios urbanos declarados puntualmente patrimonio, seis conjuntos, 13 bienes rurales, 12 espacios públicos y 10 inmuebles en los que se remarcan fragmentos de interés (Ordenanza Municipal N° 15728). De esos edificios protegidos individualmente, 11 tienen funciones de uso público y/o acceso de público y se encuentran protegidos a escala nacional y/o provincial. Dichas construcciones fueron casos de estudio en una investigación reciente de quien escribe y se pudo detectar que solo uno resultaba parcialmente accesible, y los demás se repartían en cantidades iguales entre apenas visitables o directamente inaccesibles (Cuadro 1). Esta realidad condiciona la participación de gran parte de la población en las actividades que estos edificios albergan; entonces ¿para quiénes se piensa y construye la ciudad?, ¿a quiénes se excluye?

Las causas de tal situación se deben, como ya se hizo referencia, a la naturaleza propia de los bienes que fueron construidos en otro tiempo y bajo otro paradigma; a la falta de marcos normativos actualizados –a nivel local y nacional– desde el enfoque de derechos que equilibren los requisitos de la conservación con los de la accesibilidad, o al menos se reconozcan mutuamente; a la falta de una formación profesional que acepte la accesibilidad como un requisito más, indispensable, a la hora de proyectar; y a las condiciones económicas y políticas particulares que a veces hacen inviable la aplicación de resoluciones foráneas y demandan el desarrollo de respuestas autóctonas, asequibles, lo que implica una inversión estatal importante y estable en ciencia y técnica, y en el desarrollo de políticas públicas integrales.

Con relación a ese último punto, en 2020 se ha incorporado la temática del patrimonio arquitectónico a una política pública en marcha, el Plan Municipal de Accesibilidad (PLAMAC, Ordenanza Municipal N° 19183/09), cuyo objetivo general es “producir propuestas y proyectos que permitan encauzar decisiones, esfuerzos y recursos municipales destinados a facilitar ámbitos urbano-edilicios de usuarios con movilidad y/o sensorialidad reducida”. A continuación, se comparten algunas de las acciones desarrolladas en ese marco orientadas a mejorar la accesibilidad en el patrimonio arquitectónico con funciones culturales en la ciudad desde el enfoque basado en derechos, al otorgar poder a las personas con discapacidad, reconociéndolas como titulares de derechos que obligan al Estado, demandan determinadas prestaciones y conductas, a la vez que se involucran en el proceso de diseño e implementación.

Estrategias desde el PLAMAC para un patrimonio más accesible

En el marco del PLAMAC, en febrero de 2020 se creó la Subcomisión de Accesibilidad en Espacios Culturales [8], coordinada por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Programas Comunitarios de la Secretaría de Cultura, con un equipo técnico interdisciplinario, integrado por agentes municipales (Secretaría de Cultura y EMTUR) y representantes del Consejo Municipal de Discapacidad Mar del Plata y Batan (COMUDIS), la Asociación Argentina de Gestores Culturales Universitarios, el Colegio de Arquitectos Distrito IX, la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño (FAUD) de la Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMdP) y la Facultad de Derecho (UNMdP), entre otros. Como es de público conocimiento, en marzo de ese año, debido a la pandemia, se tomaron medidas preventivas para resguardar la situación sanitaria que incluyeron el aislamiento físico obligatorio con la consecuente restricción para realizar actividades presenciales por un largo período de tiempo. Esto retrasó el inicio de muchas de las acciones previstas para conocer y mejorar las condiciones de accesibilidad de los espacios culturales de la ciudad. Dentro de lo realizado se destaca [9]:

> las capacitaciones en formato online sobre Accesibilidad en Espacios Culturales, coordinadas de manera conjunta por la Secretaría de Cultura, el Ente Municipal de Turismo de Mar del Plata (EMTUR) y la ONG Centro de Integración Libre y Solidario de Argentina (CILSA) y destinadas al personal de museos, centros culturales, bibliotecas y del Teatro Colón, de las que participaron 125 personas;

> la gestión de un acuerdo de articulación entre la Secretaría de Cultura y la FAUD-UNMdP para generar un proyecto de accesibilidad edilicia en el Museo Municipal de Arte “Juan Carlos Castagnino” (Villa Ortiz Basualdo), teniendo en cuenta su valor patrimonial e histórico y sus necesidades funcionales;

> un acuerdo de colaboración con la Universidad CAECE de Mar del Plata para el desarrollo del sistema de señalética accesible para el Museo Municipal de Ciencias Naturales “Lorenzo Scaglia”, y otro acuerdo con la Escuela de Educación Técnica Nº 5 “Amancio Williams”, de Mar del Plata, para el desarrollo e instalación de dispositivos tales como replicas táctiles, una guía multimedia accesible (código QR y Realidad Aumentada) y aros de inducción magnética para el mismo museo. Se brindaron a ambas instituciones charlas orientativas sobre temas relacionados a la cultura y el patrimonio, haciendo hincapié en el rol de los museos desde un enfoque de derechos, y se plantearon especificaciones técnicas y requisitos que debieran cumplir los apoyos técnicos a desarrollarse. En el marco del primer acuerdo, los y las estudiantes desarrollaron cinco propuestas de sistemas de señalética accesible que actualmente se encuentran en evaluación para seleccionar las que mejor se ajusten a los requerimientos de accesibilidad, funcionalidad y estética. Posteriormente se arbitrarán los medios necesarios para ejecutar la propuesta elegida. En cuanto al acuerdo con la Escuela de Educación Técnica Nº 5, ya se ha realizado una aproximación a la Tiflotecnología y a la Realidad Virtual y Aumentada, y se evaluó por dónde realizar el recorrido a partir de la información brindada por el Museo (imágenes y audios);

> se iniciaron los trámites para incluir al Museo Municipal de Arte “Juan Carlos Castagnino” (Villa Ortiz Basualdo) y el Museo Municipal de Ciencias Naturales “Lorenzo Scaglia” en el Programa de Directrices de Accesibilidad que coordina el Ministerio de Turismo de la Nación en conjunto con la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires y el EMTUR;

> se tramitó con CILSA la adquisición de dos sillas de ruedas, para ser utilizadas como apoyo para las personas visitantes al Museo Municipal de Arte “Juan Carlos Castagnino” (Villa Ortiz Basualdo) y el Museo Municipal de Ciencias Naturales “Lorenzo Scaglia” que lo requieran y estas fueron entregadas en comodato el día 15 de diciembre de 2020;

> se inició un trabajo de colaboración con Mar del Plata entre todos [10] para la confección de una encuesta a personas usuarias y/o potenciales a serlo de los Espacios Culturales Municipales, orientada a personas con discapacidad, comunicación, movilidad reducida y personas mayores. En la misma se hace hincapié en los motivos por los cuales no han podido acceder a estos espacios o las dificultades que han encontrado al visitarlos. Los datos obtenidos serán fundamentales para la realización de un diagnóstico integral, la elaboración de un plan de acción, y para mejorar la calidad de los servicios ofrecidos. Posteriormente a su confección se realizará una prueba piloto para evaluar su usabilidad por parte de personas con discapacidad;

> se elaboró una encuesta para evaluar el funcionamiento de los Espacios Culturales Municipales y su situación de accesibilidad desde la perspectiva de los agentes municipales que se desempeñan allí. Hasta el momento se realizaron encuestas en el 65% de los espacios y se comenzaron a procesar los datos obtenidos, para su posterior análisis;

> en conjunto con la Comisión de Especificaciones Técnicas, se comenzaron a diseñar matrices para confeccionar un Protocolo de Relevamiento sobre la situación de los espacios culturales;

> en conjunto con la Comisión de Comunicación PLAMAC se realizó un documento con pautas para la elaboración de videos accesibles, teniendo en cuenta la prioritaria necesidad de proporcionar contenidos culturales accesibles en forma online. Dicho documento servirá inicialmente para orientar los productos realizados desde la Secretaría de Cultura, y además será difundido entre hacedores, productores, artistas, entre otros, para que paulatinamente el material recibido por la secretaría también cumpla con los requerimientos de accesibilidad;

> se realizó un instructivo sobre exhibiciones accesibles, para su posterior difusión en la comunidad de hacedores, artistas, gestores culturales y comunidad en general;

> en coordinación con la Comisión de Legislación PLAMAC, se redactó la introducción del futuro Instructivo general de buenas prácticas en el trato a personas con discapacidad, el cual será un modelo de referencia para los agentes municipales de todas las dependencias. A su vez, se desarrolló una guía orientadora dirigida específicamente al personal de los Espacios Culturales, la cual será agregada como anexo al Instructivo general;

> en el año 2020 se instaló el primero de nueve murales accesibles, reproducciones de obras de tres destacados artistas plásticos: Ítalo Grassi, José Solla y Ricardo Marcangeli. A través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Programas Comunitarios, los murales incluyen una réplica con adaptación táctil del mural, un nomenclador en tinta y Braille, y un código QR que remite al sitio oficial de la municipalidad con la descripción del proyecto y de la obra artística, tanto en texto como en audio. Recientemente se han instalado dos más, todos realizados entre los años 2004 y 2009, en el marco de un proyecto de extensión del profesorado de Artes Visuales y Técnicos ceramistas, en la Escuela de Cerámica Rogelio Yrutía [11].

Como se evidencia en el detalle anterior, los avances en esta primera etapa de trabajo de la subcomisión han sido principalmente en cuestiones relacionadas a la planificación, gestión y capacitación, y quedan pendientes muchas acciones en los bienes patrimoniales. Para obtener resultados positivos se presenta como urgente la dotación de presupuesto al plan para que el trabajo y esfuerzo conjunto (ad honorem), de las personas e instituciones involucradas se materialice y pueda beneficiar a quienes trabajan y visitan los espacios culturales de la ciudad, particularmente aquellos de valor patrimonial, a través de la mejora de las condiciones de accesibilidad integral.

Reflexiones finales

La ciudad de Mar del Plata ha dado un paso fundamental con la conformación de una herramienta como el PLAMAC y, especialmente en el marco de este trabajo, con la creación de la Subcomisión de Espacios Culturales. Si es sostenida en el tiempo, con voluntad política y un presupuesto adecuado, será posible mejorar las condiciones actuales de accesibilidad del patrimonio arquitectónico y convertir a esta urbe, a mediano plazo, en un espacio más inclusivo acorde a los paradigmas actuales. Como explica Maider Maraña (2015), es importante invertir en la construcción de capacidades y fomentar el liderazgo de la comunidad para garantizar una participación real y efectiva en los procesos, lo que se ha ido reforzando y reconociendo cada vez más desde las Naciones Unidas para el uso sostenible del patrimonio, en este sentido su conservación debería reconciliar las necesidades de las comunidades humanas y la humanidad en su conjunto deberá ubicarse como foco de la conservación.

En el presente trabajo se resaltaron acciones sobre el patrimonio arquitectónico con funciones culturales debido a que es el abordaje que se ha dado, hasta el momento desde el plan. De todas formas, como ya se mencionó, los edificios protegidos albergan múltiples funciones y todas las situaciones de uso requieren que se garantice la accesibilidad universal porque, en definitiva, “la accesibilidad habilita; es condición para hacer, formarse, interrelacionarse, cultivarse y poder constituirse en sujeto activo y participativo” (Coriat, 2008, p. 122).

Finalmente, Farida Shaheed (2011), relatora especial de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, plantea con mucha claridad:

Considerar el acceso al patrimonio cultural y su disfrute como un derecho humano es un criterio necesario y complementario de la preservación y salvaguardia del patrimonio cultural. Además de preservar y salvaguardar un objeto o una manifestación en sí misma, obliga a tener en cuenta los derechos de las personas y las comunidades en relación con ese objeto o manifestación y, en particular, conectar el patrimonio cultural con su fuente de producción. El patrimonio cultural está vinculado a la dignidad e identidad humanas. El acceso al patrimonio cultural y su disfrute es una característica importante de un miembro de una comunidad, un ciudadano y, de una forma más amplia, un miembro de la sociedad (p. 11) ■


REFERENCIAS

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  • Waisman, M. (1994). El patrimonio en el tiempo. Summa+ (5), pp. 28-33.

NOTAS

1.  Un anticipo de este artículo puede encontrarse en Slavin (2019a).


2.  Referida a garantizar las condiciones físicas en el entorno natural o construido que permitan la llegada, uso y disfrute de los bienes en cuestión y sus entornos inmediatos.


3.  Apunta a resolver las problemáticas de las personas con discapacidad visual, auditiva y/o del habla para garantizar el uso y disfrute de los edificios y sus entornos.

4.  Contempla acciones para garantizar la correcta y completa comunicación interpersonal, escrita y virtual.


5.  Como explica Roberto Garretón (2004), siguiendo a Eugenio Lahera, por política pública se entienden los “cursos de acción desarrollados por el Gobierno, con relación a un objetivo determinado, que contribuyen a crear o transformar las condiciones en que se desenvuelven las actividades de los individuos y de los diversos grupos sociales” (p. 10).


6.  Personas con discapacidad motriz, intelectual, sensorial o psicosocial, tanto permanente como transitoria; personas gestantes, niños y niñas, personas mayores, personas en situación de pobreza, entre otras.


7.  Nació a finales de la década del sesenta del siglo XX en Estados Unidos e Inglaterra apuntalando la filosofía de vida independiente, pero acompañada de unos principios fundamentales que describen la discapacidad como una forma específica de opresión social. Además, partiendo de la premisa de que toda vida humana es igualmente digna, desde el Modelo Social se sostiene que las personas con discapacidad tienen mucho que aportar a la sociedad y esto se encuentra íntimamente relacionado con la inclusión y la aceptación de la diferencia (Slavin, 2019b).


8.  De cuyo equipo de trabajo forma parte quien escribe.


9.  Las acciones que se detallan surgen de los informes semestrales de avance elaborados desde la Subcomisión del COPLAMA (Comisión del Plan Municipal de Accesibilidad).


10.  Un espacio de participación ciudadana plural, no partidario, destinado a generar y difundir información confiable para conocer y entender cómo se encuentra la ciudad de Mar del Plata y propiciar la participación para la mejora de la calidad de vida. Para más información ver https://www.mardelplataentretodos.org/


11.  Para conocer más sobre las imágenes de los murales y sus réplicas accesibles ver El Retrato de Hoy (2020) y López Osornio (2021), entre otros.


 

Cómo citar este artículo (Normas APA):

Slavin, E. (2021, mayo-octubre). Accesibilidad al patrimonio arquitectónico urbano. Acciones y estrategias para propiciar espacios culturales más inclusivos en la ciudad de Mar del Plata, Argentina. [En línea]. AREA, 27(2). Recuperado de http://publicacionescientificas.fadu.uba.ar/index.php/area/slavin2702